
BASES LEGALES
SORTEO DE INSTANT BURGER GRATIS DURANTE UN AÑO, DESDE SU CUENTA
DE INSTAGRAM DURANTE EL MES DE MAYO.
1.- CONDICIONES GENERALES DEL CONCURSO
La empresa CARPISA FOODS, S.L. (en adelante CLIENTE) con CIF B82124330 y
con domicilio en calle Noruega, 3, CP 28971 de Madrid, España, organiza un
concurso que publicará en el perfil de Instagram de Brooklyn Town
(@brooklyntown_es), denominado “Sorteo Instant Burger Gratis por un año”.
Este sorteo es gratuito y se regirá por las presentes bases. Todos los
participantes en el sorteo, por el simple hecho de la participación, aceptan las
presentes bases y las normas que rigen su procedimiento.
2.- ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROMOCIÓN
La promoción se desarrollará únicamente en el ámbito del territorio peninsular.
El sorteo no es válido en las Islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta y/o Melilla.
3.- DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN
La duración de la promoción será desde las 18:00 horas (horario peninsular
español) del 26 de mayo de 2026, hasta las 23:59 (horario peninsular
español) del 8 de junio de 2026. El inicio y fin del concurso se anunciará por
parte de los administradores en el perfil de Brooklyn Town en Instagram.
Una vez finalizado el plazo de concurso, se comunicará su finalización y el
ganador a través de stories. Todos los comentarios que se realicen después de
dicho comentario, no se contarán como participaciones válidas.
4.- PERSONAS LEGITIMADAS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN.
Podrán participar en la presente promoción todas aquellas personas físicas
mayores de edad que sean seguidores del perfil de Brooklyn Town en Instagram
y que cumplan con la mecánica obligatoria de este sorteo. Quedan excluidos
cualquier perfil de empresa y/o no personal.
Queda prohibida la participación de todas aquellas personas vinculadas
laboralmente con Brooklyn Town, y sus cónyuges y familiares en primer grado, si
los tuvieren.
5.- MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Para poder participar en la presente promoción será necesario seguir los
siguientes pasos:
- Ser seguidor del perfil de @brooklyntown_es en Instagram.
- Dar like al post y mencionar en un comentario a uno o varios
usuarios. - Además, si el usuario comparte en su historia el post del SORTEO,
este contará con una participación extra. Este requisito no es
obligatorio y para que cuente como una participación extra el usuario
debe de tener su perfil público.
El departamento de marketing de Brooklyn Town se reserva el derecho de
eliminar cualquier comentario de mal gusto o inapropiado, que vayan en contra
de un particular, de la propia empresa, sean políticos, religiosos, con contenido
racista, xenófobo, sexista o que su perfil sea considerado fraudulento, así como
cualquier tipo de contenido que Brooklyn Town no considere adecuado para su
publicación y que, por tanto, podrá ser descalificado y eliminado en cualquier
momento de la página.
Los participantes serán los únicos responsables de obtener el consentimiento
de las personas a las que citen en el marco del presente concurso y, por tanto,
Brooklyn Town quedará exonerado de cualquier tipo de responsabilidad por este
concepto.
6- PREMIOS:
Entre todos los comentarios de los participantes realizados en la publicación de
Instagram, un usuario resultará ganador del concurso. El premio será un pack de
6 instant burgers enviadas cada mes, durante un año. El premio se gestionará
por email o teléfono a través del número de contacto que nos facilite el ganador
a través de un mensaje directo en el perfil de Instagram en un plazo máximo de
48 horas.
La resolución del concurso se publicará en un plazo de 24 horas desde la
finalización del mismo, en un story y en el hilo de la publicación del sorteo en el
perfil de Instagram de @brooklyntown_es.
7.- ELECCIÓN DE GANADORES Y ENTREGA DE LOS PREMIOS
Entre todos los usuarios que cumplan los requisitos, se realizará un sorteo para
elegir a los ganadores de forma aleatoria.
El nombre del ganador se publicará en el perfil de Brooklyn Town en Instagram,
en el post del sorteo y a través de stories, en un plazo de 24 horas desde la
finalización del sorteo.
Una vez comunicado el ganador, desde Brooklyn Town, se contactará con ellos
a través de un mensaje directo en Instagram para verificar los requisitos del
sorteo y para que nos facilite un correo electrónico, un teléfono para enviarle el
vale del premio.
Se dará un plazo de 48 horas para recibir respuesta del ganador del concurso. En
caso contrario, el premio pasará a un usuario suplente designado de igual
manera por sorteo.
8.- PROTECCIÓN DE LOS DATOS
En cumplimiento de lo establecido en el reglamento Europeo de Protección de
Datos – Reglamento (UE) 2016/679 – entró en vigor el 25 de mayo de 2016
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos para participar en el
presente concurso, supone el consentimiento del participante para que Brooklyn
Town por sí mismo o a través de otras entidades que lleven a cabo la gestión o
tramitación de los datos (encargado del tratamiento), los traten de forma
automatizada con fines de facilitar a la compañía organizadora el envío de los
productos relativos al premio de la presente promoción que serán facilitados por
mensaje privado y usados por la compañía para el envío de los productos citados
en las presentes bases legales y autoriza a la compañía para comunicarse con
él, autorizando a la utilización de este medio para la recepción de
comunicaciones comerciales de dicha Compañía en relación con los productos
y servicios que ésta facilita en el sector alimentario, además del correspondiente
a la presente promoción. El participante tendrá derecho a comunicar su deseo
de no recibir comunicaciones comerciales, así como acceder a dicho fichero con
objeto de oponerse, modificar, corregir o cancelar, total o parcialmente su
contenido solo con solicitarlo al email.
9.- DESVINCULACIÓN CON RESPECTO A META
Instagram no patrocina, avala ni administra de modo alguno este concurso, ni
está asociado a él. El usuario se desvincula totalmente de Instagram y es
consciente de que está proporcionando su información a Brooklyn Town y no a
Instagram. La información que proporcione sólo se utilizará para tramitar la
participación del concursante y para comunicarle el premio en caso de que
resultara ganador.
10.- RESPONSABILIDADES
En el caso de que existiera un error en los datos facilitados el participante
premiado que imposibilite su identificación y/o localización y, por consiguiente,
la entrega del premio obtenido, Brooklyn Town quedará eximido de la entrega del
premio y de cualquier otra responsabilidad.
Brooklyn Town queda eximido de cualquier tipo de responsabilidad a partir del
momento en que se adjudique el premio al ganador. Éste no podrá emprender
ningún tipo de acción legal contra Brooklyn Town por ningún motivo derivado del
mal uso del premio.
Brooklyn Town se reserva el derecho a suspender, modificar o cancelar el
concurso en cualquier momento. Ello en ningún caso podrá dar lugar a derecho
o indemnización de ningún tipo a los participantes.
11.- EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
A título enunciativo, pero no limitativo, no nos responsabilizamos de las posibles
pérdidas, robos, retrasos o cualquiera otra circunstancia imputable a terceros
que puedan afectar al desarrollo del presente concurso, así como tampoco nos
responsabilizamos del uso que haga el participante respecto del premio que
obtenga de este sorteo.
No asumimos la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que
pudieran impedir la realización del concurso o el disfrute total o parcial del
premio.
12.- CAMBIOS
Nos reservamos el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales,
en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los participantes
en el sorteo.
13.- NORMATIVA APLICABLE.
Al premio del presente concurso, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de
noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona
Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de
Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real
Decreto nº439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el que se aprueba su
Reglamento; Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba
el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado;
Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en
su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil
Brooklyn Town, la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención
procedente.
Asimismo, Brooklyn Town tendrá a disposición de la persona agraciada por los
sorteos el certificado a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas exigido por la vigente normativa tributaria, que incluirá el valor económico
de los premios y el citado ingreso a cuenta.
